REPARACIONES ECONÓMICAS POR LA ESCLAVITUD Y LA COLONIZACIÓN | Luciana Madrid Cobeña / Alejandro Del Búfalo Biffa
Fundación Escuela
Venezolana de Planificación
REPARACIONES ECONÓMICAS POR LA ESCLAVITUD
Y LA COLONIZACIÓN
Luciana Madrid
Cobeña /Alejandro Del Búfalo Biffa[1]
Fundación Escuela Venezolana de Planificación
Docencia-Investigación
Resumen
La
presente nota se deriva del proyecto de investigación titulado “Reparando la
Venezuela Afro: Una propuesta para reparar económicamente los daños para el
presente y futuro de nuestros pueblos afrodescendientes”; desarrollado por los
autores con el apoyo del Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
(FONACIT)[2].
Se presenta una referencia inicial a lo que ha sido el movimiento de reparaciones
en América Latina, el Caribe, África y Europa, a la luz de las consecuencias económicas,
sociales, culturales dejadas por el colonialismo y la esclavitud. De igual
forma se señala el significado de las reparaciones económicas en el derecho internacional
y el reconocimiento de la esclavitud, la colonización y la trata transatlántica
como un crimen contra la humanidad. Se destaca la acción del movimiento de
reparaciones en el Caribe a través de los estados y los movimientos sociales,
así como también el avance en Venezuela.
Reparaciones
Según
el diccionario de la RAE reparación
significa: Acción y efecto de reparar algo roto o estropeado. Desagravio,
satisfacción completa de una ofensa, daño o injuria. Reparar: Enmendar, corregir o remediar. Desagraviar, satisfacer al
ofendido. Remediar o precaver un daño o perjuicio.
N'COBRA[3]
define las reparaciones como un proceso de sanación y restauración de personas
lesionadas debido a su identidad grupal y por la violación de sus derechos
humanos fundamentales por parte de gobiernos o corporaciones. Aquellos grupos
que han sido lesionados tienen derecho a obtener del gobierno o corporación
responsable de las lesiones lo que necesitan reparar y curar por sí mismos.
Además de ser un reclamo de justicia, argumentan que la reparación es un
principio del derecho internacional de los derechos humanos y que el debate
sobre el tema, debe incluir además, una discusión profunda y amplia sobre el
estado actual de la economía política negra y las diferentes visiones de futuro
para los pueblos.
La
definición de Merriam-Webster[4] para
reparaciones es “algo que se hace o se da como una forma de corregir un error
que ha cometido o una mala situación que se ha causado; el acto de reparar,
ofrecer expiación o dar satisfacción por un mal o daño”. En esta definición se
trata de reparar un mal para un individuo o un grupo.
Hira[5]
plantea lo siguiente: El significado de la palabra “reparaciones” en los
aspectos social y político varía para diferentes discursos. Algunas narraciones
usan la palabra reparaciones por daños financieros, pagos por daños que se han
hecho en el pasado a un grupo de individuos o a una comunidad. Otros describen
las reparaciones como la redistribución de la riqueza robada (por ejemplo la
tierra) que fue tomada de un grupo o comunidad. Un tercer discurso describe las
reparaciones como programas para fomentar la armonía racial. Finalmente, hay un
discurso que define las reparaciones
como programas de lucha contra el racismo (supremacía blanca) como un legado de
la esclavitud[6].
En
el marco de la DTM[7],
Hira distingue dos tipos de reparaciones:
El
primer tipo consiste en acciones y programas que son ejecutados por el
colonizador y sus herederos. Este tipo de reparaciones implica el pago de
cantidades pendientes de renta, restitución del valor de los bienes robados e
indemnización por falta de pago o trabajo mal pagado, compensación por el
sufrimiento humano y reparación del estado mental, legado de la esclavitud y el
colonialismo, apoyando instituciones y programas para combatir este legado.
El
segundo tipo consiste en acciones y programas dirigidas a crear instituciones y
programas para liberar a los colonizados y a sus herederos del colonialismo
mental. Se llama autorreparaciones porque es algo que debe iniciarse y llevarse
a cabo por las víctimas del colonialismo y sus herederos. Ambos tipos son
medios de reparación de la injusticia pasada.
En
las últimas tres décadas muchas han sido las iniciativas que se han dado para
recordar los crímenes y los horrores de la esclavitud en América, Europa y
África. Muchas de estas iniciativas finalmente se transformaron en proyectos
oficiales. La construcción de memoriales hizo más visibles las cicatrices de la
violencia y las desigualdades raciales de las que las poblaciones negras, la
mayoría de las cuales son descendientes de esclavos, siguen siendo las
principales víctimas en las antiguas sociedades esclavistas. En este nuevo
contexto, en el que la memoria pública de la esclavitud está cada vez más
institucionalizada, han surgido demandas de reparaciones financieras y
materiales por la esclavitud y la trata de esclavos en el Atlántico, en contra
de las probabilidades de muchos académicos y activistas que a finales del siglo
XX declararon que la iniciativa por un movimiento de reparaciones financieras y
materiales no era conducente[8].
Históricamente,
el término reparación se ha empleado para transmitir la idea de enmendar
errores pasados. Durante el siglo XX, la idea de reparaciones apareció en el
derecho internacional y en el campo de los derechos humanos para describir la
reparación de daños físicos, materiales o morales infligidos a un individuo, a
un grupo de individuos e incluso a una nación.
En
el derecho internacional consuetudinario, las reparaciones estaban asociadas
con medidas para indemnizar a las naciones por daños causados por la guerra.
Pero tales enmiendas contienen dos dimensiones, según Araujo. El primero es
moral o simbólico y suele consistir en disculpas y acciones para ayudar a
quienes fueron víctimas de irregularidades. En este caso, una disculpa puede
entenderse como una reparación simbólica y no necesariamente tiene que ir
seguida de otros pasos. El segundo tiene un alcance financiero y material. En
otras palabras, las víctimas de agravios pasados también obtienen dinero u
otras posesiones, como tierras, como pago por la mala conducta infligida.
Sin
embargo, se puede incluir un tercer orden en este sentido, que tiene que ver
con las reparaciones que hacen los gobiernos a través de su política pública,
en distintos ámbitos como ciencia, tecnología, salud, educación, jurídico.
A
finales del siglo XVIII, durante la guerra revolucionaria en EEUU (1775-1783),
y especialmente después de 1804, con la victoria de la revolución de
Saint-Domingue (actual Haití), la esclavitud fue abolida progresivamente en el
hemisferio occidental. En Cuba y Estados Unidos, varios esclavos y ex esclavos
intentaron individualmente, sin éxito, obtener reparaciones financieras y
materiales por el tiempo que vivieron en esclavitud. En varias antiguas
sociedades esclavistas, incluidas las colonias francesas y británicas del
Caribe, los antiguos amos y plantadores obtuvieron compensación de sus
respectivos gobiernos por la pérdida de propiedad esclava.
En
el imperio británico, la esclavitud fue finalmente abolida en 1834 por acción
revolucionaria de los propios esclavos. El gobierno británico compensó a los
esclavistas argumentando la pérdida económica que para ellos representaba no
ser dueños de la mano de obra esclava negra una vez abolida la esclavitud. La
compensación fue de 47 millones de libras esterlinas (1834), lo que hoy
representa un aproximado de 170 millones.
El
caribe es el legado del colonialismo británico, esclavos, siervos, indígenas, negros,
todos fueron deshumanizados. La región ha experimentado la historia más larga
de esclavitud y colonialismo del mundo entero. Al menos 12,5 millones de
africanos esclavizados fueron trasladados por la fuerza desde su tierra hasta
las Américas (Eltis y Richardson 2010)[9].
En
el caribe se establecieron sociedades sobre la base de la esclavitud, en su
estructura social y económica. Se instalaron los primeros conglomerados
empresariales para procesar la caña de azúcar principalmente, los productos
derivados se iban a Europa y ese comercio se convirtió en la base de una
economía europea muy rica, que hoy en día sigue existiendo, y que se hizo a
partir de la explotación, el saqueo, violación, de los pueblos africanos. Países
como Jamaica o Barbados entraron con un 70 % de analfabetismo a la
independencia. En lugar de facilitar un desarrollo adecuado de la economía
nacional, la extracción de recursos por empresas extranjeras continuó y se les
obligó a los gobiernos recién conformados a aceptar créditos de bancos
mundiales que conducían a estos países sistemáticamente a la trampa de una
deuda que aún les afecta gravemente.
En
1993 en la Conferencia Panafricana sobre Reparaciones en Nigeria se concluyó
que las reparaciones implican:
- El fin de la apología del crimen de la esclavitud y la
colonización,
- Liberar o amnistiar prisioneros
políticos del colonialismo y del apartheid.
- Restitución de las tierras
robadas.
- Financiar la creación de lugares
de memoria/memoriales.
- Integrar la historia de África y
la diáspora en los programas escolares.
- El derecho al regreso o al
conocimiento de sus orígenes.
- Financiar investigación aplicada
en cuanto a crímenes de la esclavitud y de la colonización.
- La restitución de los bienes
robados.
En el 2001, en la Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia, celebrada en Durban, Sudáfrica; se reconoció que la esclavitud transatlántica y el tráfico de seres humanos es un crimen contra la humanidad, que la institucionalización de la raza y estratificación racial es una de las principales fuentes de las que se alimenta el racismo en el mundo de hoy, y que los pueblos africanos y las personas de ascendencia africana fueron y siguen siendo víctimas de sus consecuencias. El documento de declaración y programa de acción, señala lo siguiente[10]:
“Reconocemos
y lamentamos profundamente los masivos sufrimientos humanos y el trágico
padecimiento de millones de hombres, mujeres y niños causados por la
esclavitud, la trata transatlántica de esclavos, el apartheid, el colonialismo
y el genocidio; hacemos un llamamiento a los Estados interesados para que
honren la memoria de las víctimas de pasadas tragedias, y afirmamos que
dondequiera y cuando quiera que hubieran ocurrido deben ser condenados y ha de
impedirse que ocurran de nuevo. Lamentamos que esas prácticas y estructuras,
políticas, socioeconómicas y culturales, hayan causado el racismo, la
discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia”.
Al
mismo tiempo el documento señala:
“Se insta a los Estados a que adopten las medidas necesarias, conforme a lo previsto en la legislación nacional, para garantizar el derecho de las víctimas a obtener una reparación o satisfacción justa y adecuada a fin de combatir los actos de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas de intolerancia, y a que adopten medidas efectivas para impedir la repetición de esos actos”.
La
base legal de las reparaciones implica reconocer desde el derecho internacional
que la esclavitud, la colonización y la trata transatlántica fue un crimen
contra la humanidad, en este sentido; la disculpa y el reconocimiento del
sufrimiento y horror que éste período causó a hombres, mujeres y niños
africanos, y que hoy en día sigue causando a sus descendientes, es importante
porque admite que hubo una falta.
Las
conclusiones sobre la obligación reparadora a menudo giran en torno a un
conjunto limitado de preocupaciones: la legalidad de la esclavitud "en ese
momento", la responsabilidad de las generaciones actuales por los
"pecados del pasado", la conexión de las personas vivas hoy con los
daños de la esclavitud, y los aspectos prácticos de la reparación de abusos
"históricos" a gran escala. El debate sobre cada una de estas
cuestiones está polarizado entre los defensores y los detractores de las
reparaciones. En la búsqueda de claridad en el debate público, a menudo hay
poco espacio para reconocer los matices y complejidades de los marcos legales
internacionales que sustentan estos puntos.
La
atención sobre las reparaciones por la esclavitud transatlántica viene con un
creciente cuidado sobre las dimensiones legales, políticas y morales del caso.
Los argumentos jurídicos sobre el tema con frecuencia desdibujan las líneas
entre derecho, política y filosofía, la introducción de factores no jurídicos
en el análisis jurídico y la combinación de derecho y justicia. De ahí la mayor
visibilidad de las dimensiones jurídicas de la cuestión, particularmente en
relación con los marcos jurídicos internacionales y su aplicación. Éste es el
terreno controvertido y cuestionado sobre el que descansan las consideraciones
sobre las reparaciones por la esclavitud histórica y para el cual los
argumentos jurídicos internacionales son centrales[11].
Las
reparaciones como base para un derecho moral africano, ratifican que es un
derecho ancestral africano, reivindicativo de toda la población negra africana
que fue sometida a décadas de humillación, violación de sus derechos humanos, y
que busca establecer casos de jurisprudencia para que en el terreno del derecho
internacional quede ratificada la garantía de que no se repetirá un genocidio
como el perpetrado durante el período de la esclavitud, la colonización y la
trata transatlántica, y deja claro el mensaje al mundo de que no habrá
impunidad para estos crímenes.
En
marzo de 2014, la promulgación del plan de diez puntos del CARICOM para la
justicia reparadora destacó los daños y sufrimientos persistentes relacionados
con la historia de la esclavitud transatlántica, el colonialismo y el apartheid
racial en el Caribe y la obligación de los gobiernos europeos de participar en
remediarlos. Los estados miembros de CARICOM ratificaron un plan para exigirle
a Reino Unido, Francia, España, Holanda, Noruega, Portugal, Suecia y Dinamarca
reparaciones por las diversas formas de violencia que implicó el proyecto
colonial tales como el genocidio de los indígenas, la esclavitud (tanto de los
indígenas como de africanos) y el tráfico transatlántico de africanos/as.
CARICOM
ha establecido un Subcomité de Justicia Reparatoria, también una Comisión de
Reparaciones de esta organización. En cada país se ha establecido una Comisión
Nacional de Reparaciones con amplia representación. Estas iniciativas son
importantes para seguir adelante con un programa de reparaciones que involucre
a América Latina y el Caribe, pero
además que fortalezca sus vínculos con África de manera profunda; pero es
necesario y urgente hacer mucho más.
El
principio de un programa de reparaciones económicas parte de combatir la
pobreza; pensar las reparaciones implica no solo pensar en las generaciones
futuras, sino también pensar en los ancestros y su reivindicación. Al pensar
las reparaciones en materia de equidad, se toman en cuenta las desigualdades
que se tienen de base, para en función de esto pensar lo que debe corresponder
a cada uno. Esto es diferente de igualdad.
En
el año 2013 se estableció que cada país del CARICOM debía contar con una comisión
para reparaciones. En el 2016 la Comisión expande el concepto sobre
reparaciones, va más allá de gobiernos nacionales, incluye también a compañías,
bancos e instituciones que fueron parte de las violaciones perpetradas.
En
el 2018, Venezuela se suma al movimiento por las reparaciones. Hoy, existe una
creciente movilización que lleva adelante programas, estudios sobre el tema de
reparaciones. El movimiento Afro venezolano tiene cada vez mayor presencia en
los diferentes planteamientos y actividades sobre reparaciones que se llevan
adelante en el país.
En
el marco del Decenio Internacional para los y las afrodescendientes (decretado
en diciembre 2013), los esfuerzos se han redoblado considerando que la hoja de
ruta del Decenio Internacional de los Afrodescendientes es, sin lugar a dudas,
la renovación de la lucha la discriminación racial con énfasis en la población
que más la padece. Se promueve activamente la adopción de acciones
gubernamentales conducentes a mejorar la situación de vida de la población
afrodescendiente en el país, mediante la articulación interinstitucional y con
el poder popular que hace vida en las diversas comunidades afrovenezolanas.
Entre
otras, una de las acciones más concretas se llevó adelante en el 2019, la
creación de un espacio para los Seminarios sobre Reparaciones, y versa sobre
tres dimensiones: la histórico-filosófica, política-social y jurídico. Este
espacio de trabajo, debate de ideas y propuestas, ha contado con la
participación de invitados internacionales de Sudáfrica, Surinam, Benín y
Estados Unidos. Actualmente, la República Bolivariana de Venezuela es el único
país de Latinoamérica que está trabajando el tema de las reparaciones a la
población indígena y afrodescendiente como una política de Estado. El objetivo
principal de las reparaciones es: corregir las injusticias históricas que se
han cometido no solo con los pueblos afrodescendientes, sino con todos los
grupos que han sido marginalizados desde el colonialismo hasta la modernidad.
Según
se establece en el documento elaborado en el año 2021 por La Misión Permanente
de la República Bolivariana de Venezuela ante la Oficina de las Naciones Unidas
y demás Organismos Internaciones con sede en Ginebra, para la oficina de la
Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos; la
importancia de esta medida gubernamental, es que siendo uno de los primeros
pasos en este tema, el desarrollo de estos espacios de trabajo, investigación,
discusión y propuestas, abre las puertas a un conjunto de solicitudes y
eventuales procesos de reparaciones en diversas áreas como son la salud, lo
ecológico-ambiental, lo territorial, lo cultural, lo económico, lo moral
espiritual entre otras áreas donde las víctimas de determinadas daños o
afectaciones, tienen la posibilidad de intentar un recurso ante las instancias
dedicadas a tal fin[12].
Asimismo,
desde la mirada de la política pública se han llevado adelante otras acciones
como la Creación del “Frente Amplio Afro juvenil Antiimperialista y José
Leonardo Chirinos”; como un espacio de activismo, organización y participación
afro juvenil. En el 2018, el Decreto del Decenio como Política Pública Nacional
y la Agenda Programática Afrodescendiente como mecanismos de
instrumentalización, como instrumento legal de gobierno para la implementación
de políticas públicas.
En
el 2021, la creación de los Cumbes Educativos de Paz y Libertad, como un
espacio educativo de carácter holístico, que reconoce la diversidad cultural y
hace visible los principios filosóficos y cosmogónicos que caracterizan la Afro-venezolanidad.
Estas
acciones han marcado el inicio de un proceso de reparaciones en Venezuela, sin
embargo el desarrollo de iniciativas que den cuenta de la profundización y
concreción de un proceso de des-colonizar el pensamiento y las acciones, en lo
cultural, jurídico, económico, educativo, político; es necesario y también
urgente.
Referencias bibliográficas
Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación
Racial, la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia. Declaración y
Programa de Acción. (Marzo de 2002). Nueva York: Departamento de Información
Pública de las Naciones Unidas.
Araujo, A. L. (2017). Reparations for slavery and the slave
trade. A transnational and comparative history. Gran Bretaña: Bloomsbury
Academic.
D., E., & D., R. (2010). Atlas of the Transatlantic Slave
Trade. New
Haven: Yale University Press.
Exteriores, M. d. (2021). Medidas positivas adoptadas por la
República Bolivariana de Venezuela como el estado miembro. Venezuela.
Hira., S. (2014). 20 preguntas y respuestas sobre
reparaciones por el colonialismo. Amrit Publishers.
Marx, K. a. (1957). Contribución a la Crítica de la Economía
Política. Obras Escogidas de Marx y Engels. Buenos Aires.
Nanclares, J., & Gómez, A. (2017). La reparación: una
aproximación a su historia, presente y prospectivas. Civilizar Ciencias
Sociales y Humanas, 59-80.
Perasso, V. (2015). La larga batalla de las reparaciones por
esclavitud: ¿por qué Europa se niega? Articulo publicado por BBC News Mundo.
RAE. (2014). Diccionario RAE.
Saignes, M. A. (1978). La vida de los esclavos negros en
Venezuela. Casa
de las Américas. La Habana.
Schwarz, K. (2022). Reparations for slavery in international
law: Transatlantic enslavement, the Maangamizi, and the making of international
law. New York.:
Oxford University Press.
[1] Luciana
Madrid Cobeña. Economista, docente-investigadora en la Fundación Escuela
Venezolana de Planificación desde hace 14 años. Se ha desempeñado como docente
en el área de economía y planificación. Alejandro Del Búfalo Biffa. Economista,
docente-investigador en la Fundación Escuela Venezolana desde hace 10 años. Se
ha desempeñado como docente en el área de economía e integración latinoamericana.
Ambos autores abordan el tema de la investigación descolonial en materia de las
reparaciones de la esclavitud y la colonización de los pueblos afro, desde una
perspectiva económica.
[2]
La presente nota constituye la primera, a manera de introducción en el tema, de
una serie dedicada al aspecto económico de las reparaciones de la esclavitud y
la colonia.
[3]
Coalición Nacional de Negros para Reparaciones en América. Es una coalición de
masas organizada con el único propósito de obtener reparaciones para los
afrodescendientes en los Estados Unidos, se lanzó en septiembre de 1987.
[4]
https://www.merriam-webster.com/
[5]
Sandew Hira. Es un académico y activista independiente. Estudió economía en la
Universidad Erasmus de Róterdam. En 1982 publicó su primer libro sobre la
historia de la lucha contra el colonialismo en Surinam desde 1630-1940. Director
del Instituto para la Investigación Científica (IISR, por sus siglas en inglés)
en La Haya. IISR se dedica al estudio de los movimientos sociales contra el
racismo y en favor de la descolonización en los Países Bajos y el Caribe.
Produce análisis de los problemas que enfrentan los movimientos sociales y
ofrece ideas en estrategia, táctica, organización y movilización.
[6] Hira;
2014.
[7]
Decolonizing The Mind (DTM) es una escuela de las ciencias que argumenta que el
conocimiento está sesgado debido a la influencia del colonialismo y su legado.
[8]
Araujo; 2017.
[9]
Eltis y Richardson; 2010.
[10]
Naciones Unidas; 2002.
[11]
Schwarz; 2022.
[12] Medidas positivas adoptadas por la
República Bolivariana de Venezuela como el estado miembro. Contribuciones
solicitadas a los estados miembros sobre la situación actual de los derechos humanos de las personas
afrodescendientes, en el marco de conmemoración del 20° aniversario de la
adopción de la declaración y el plan de acción de Durban y mitad de período del
Decenio Internacional para los afrodescendientes (2015-2024).
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